R E S O L U C I O N    N°    120      – SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 Mayo 2017
Cde. Expte. N° 0630-0181/2017.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE NOTA EJSED S.A. Nº 16/2017 REF:  RENDICION CANON CH LAS MADERAS SOBRE DOCUMENTACION COMERCIAL EMITIDA POR CAMMESA Y  DEVENGADA EN MARZO/2017.”, y

CONSIDERANDO:

Que, por Nota Nº 16/2017 EJSED S.A. presenta a la SUSEPU la rendición del CANON correspondiente a la actividad de la Central Hidroeléctrica Las Maderas sobre documentación comercial devengada en Marzo/2017.

Que, analizada la documentación presentada por la Distribuidora, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos informa que las rendiciones efectuadas se ajustan a lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 352-SUSEPU-2015, alcanzando el Canon un valor de $ 517.521,00.

Que, la Resolución Nº 1620-IPySP-2015, en su Artículo 7º establece: “Todas las erogaciones que demanden las actuaciones de SUSEPU, que involucre a la Central Hidroeléctrica Las Maderas – La Ciénaga, deberán ser afrontadas con el tres por ciento (3%) de las sumas de dinero a percibir por el Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos, en concepto del Artículo 25º y 26º del Contrato para la Concesión de Servicios de Generación, Transformación y Comercialización de Energía Eléctrica de la Central Hidroeléctrica Las Maderas – La Ciénaga”, por lo que corresponde se realice el pertinente descuento al Canon y su depósito a la SUSEPU, por un monto de $ 15.525,00.

Por ello;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

 

ARTICULO 1º.- Aprobar la rendición presentada por EJSED S.A. sobre el Canon de la Actividad Económica de la CH Las Maderas, con documentación devengada en Marzo de 2017, cuyo  monto  asciende a Pesos Quinientos  Diecisiete Mil  Quinientos Veintiuno ($ 517.521,00).-

ARTICULO 2º.- Proceder al depósito en cuenta SUSEPU Banco Macro Nº 3-200- 0002611520-6, de la tasa prevista por el Artículo 7º de  la  Resolución  Nº 1620-IPySP-2015, por un monto  de  Pesos  Quince Mil Quinientos Veinticinco ($ 15.525,00).-

ARTICULO 3º.- Notificar a EJSED S.A. Remitir al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos y al Dpto. Administrativo. Oportunamente archívese.-