R E S O L U C I O N    Nº   134      -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 Julio 2021
Cde. Expte Nº 0630-127/2021.-

VISTO:

El expediente del título caratulado: “S/ORDEN DE PRESIDENCIA ADQUISICION EQUIPOS VARIOS SEGUN DECRETO 740-S-2020.”, y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 el Presidente del organismo solicita al Dpto. Administrativo, en virtud del Decreto Acuerdo Nº 740-S/2020 modificatorio del Decreto Acuerdo Nº 696-S-2020 de Declaración de Emergencia Sanitaria y Epidemiológica por CORONAVIRUS (covid-19) en toda la Provincia de Jujuy, proceda a la adquisición de una (1) computadora NOTEBOOK para uso del Sr. Presidente del Directorio y un (1) termómetro digital para toma de temperatura del personal y los usuarios que ingresan al edificio de la SUSEPU.

Que a fs. 4/5 se agrega la Solicitud de Provisión y la Orden de Compra y a fs. 7 se adjunta Orden de Pago Nº 006110 de fecha 09-10-2020 correspondiente a la Factura Nº 0044-00020052 de la firma NOVA INFORMATICA (fs. 8) por la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS ($ 128.500,00), discriminado de la siguiente manera:

Que, a fs. 9 el Dpto. Administrativo elabora cuadro comparativo e informa imputación presupuestaria ejercicio 2020, con la que se atendió el gasto.

Que, en Dictamen Legal Nº 23/2021 Asesoría Legal manifiesta que, la mencionada adquisición se realizó en los términos y de conformidad a las previsiones de la Ley de Contabilidad de la Provincia cuyo precio se encuentra dentro de los topes establecido en el Artículo 1º Inciso 1 d) del Decreto Acuerdo Nº 1954-HF/2020, el Artículo 54 Inciso 3) ítems d), de la Ley de Contabilidad de la Provincia y los Artículo 19 Inc. c), 20 y 23 del Reglamento de Contrataciones del Estado.

Finalmente entiende que, a los fines de la regularización administrativa la adquisición realizada debe convalidarse mediante acto administrativo del Directorio; luego remitirse las actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, en virtud del Decreto Acuerdo Nº 1336-HF-2016.

Que, Lic. Juan R. Brajcich, Vocal 1º manifiesta que, suscribe la presente resolución en razón de que a la fecha de emisión del acto resolutivo forma parte del Directorio, en consecuencia, no le corresponde regularizar la contratación y/o pagos que fueran ejecutados en el ejercicio 2020, ciclo en el cual no había sido designado como miembro del Directorio de la SUSEPU.

Que, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 14 inc. b) y 17 inc. e) de la Ley N° 4937, se dispuso el libramiento de la Orden de Pago mencionada ut-supra.

Por ello;

 

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- De acuerdo a lo manifestado en los considerandos, regularizar lo actuado por el Dpto. administrativo para la adquisición de bienes de capital realizada mediante la Orden de Pago Nº 006110 de fecha 09-10-2020 correspondiente a la Factura Nº 0044-00020052 de la firma NOVA INFORMATICA (fs. 8) por la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS ($ 128.500,00), discriminado de la siguiente manera:

ARTICULO 2º.- La erogación del gasto se afectó a la partida presupuestaria siguiente:

EJERCICIO  2.020    
JURISDICCION: G – ORGANISMOS   DESCENTRALIZADOS  
U.  DE ORGANIZACIÓN 5 –   SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

         Y OTRAS CONCESIONES     

 
FINALIDAD: 7 –    DESARROLLO DE LA ECONOMIA  
FUNCION: 13 – DESARROLLO DE LA ECONOMIA SIN DISCRIMINAR  
2-0-0-0-0-0 EROGACIONES DE CAPITAL
2-5-0-5-0-0 INVERSION REAL
2-5-7-0-0-0 BIENES DE CAPITAL
2-5-7-5-1-0 BIENES DE CAPITAL – CON RECURSOS PROPIOS
 

 

ARTICULO 3°: El Dpto. Administrativo deberá proceder a realizar el alta en el Inventario General de Bienes Patrimoniales.-

ARTICULO 4º.- Notificar al Dpto. Administrativo. Luego, remitir al M.I.S.P.T. y V. Cumplido, vuelva a la SUSEPU.-