R E S O L U C I O N    Nº    137     -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 Agosto 2021
Cde. Expte. Nº 0630-450/2021.-

VISTO:

El expediente del título caratulado: “PAGO FACTURAS TELEFONICAS VENCIDAS DE LINEAS FIJAS SU.SE.PU.”, y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 1 el Dpto. Administrativo informa al Directorio SUSEPU que al 20 de Julio de 2021 se adeuda a la firma TELECOM ARGENTINA S.A. la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 84/100 ($ 117.549,84), por falta de pago de los de los cuatro (4) Números de teléfonos fijos, actualmente en uso:

. 0388-4258539

. 0333-4258538

. 0388-4258580

. 0388-4314883

Agregando, que la falta de pago se debió a la falta de remisión de las facturas al Organismo a partir del cambio de domicilio del Ente Regulador en Diciembre del año 2017, de calle Alvear Nº 1243 a calle Las Heras Nº 213 – Bº Gorriti, habiendo realizado todas las gestiones pertinentes para el traslado y cambio de domicilio en las facturas.

Consecuentemente solicita autorización para la cancelación de las mismas.

Que, a fs. 2 obra cuadro con el importe adeudado por cada una de las líneas telefónicas y de fs. 3/6 detalle del Número de factura, fecha de vencimiento, importe y domicilio.

Que, a fs. 8/23 se encuentra agregado informe del Dpto. Técnico y documentación que acredita las gestiones realizadas oportunamente (email), para el traslado de las líneas al actual domicilio (Las Heras Nº 213 – Bº Gorriti) y envió posteriormente de las facturas correspondientes, con la respuesta de la empresa que la causa fue un problema administrativo de TELECOM.

Que, a fs. 400/401 en Dictamen Nº 46/2021 Asesoría Legal analiza las presentes actuaciones y que, en virtud de los hechos y las facturas,  entiende que de conformidad al Articulo 2562 Inciso c) de Código Civil y Comercial de la Nación se podría solicitar a la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A. la eximición del pago de las facturas de vencimiento en mayo del año 2019 hacia atrás, con motivo de encontrarse prescriptas.

Prosigue, que no obstante, como surge de los correos electrónicos enviados por TELECOM S.A. al organismo formulando una propuesta de cancelación de la deuda total, excluyendo intereses moratorios, punitorios y otros gastos, en particular el de fecha 29-06-2021 y de fs. 24, 26 y 35 en el ítems Asunto que dice: “…deuda línea Superintendencia…” y “… tener en cuenta que la columna que indica importe tercero que está en gestión judicial, lo cual si se realiza el pago a la brevedad se sacara de dicha gestión y no se cobraran intereses por mora de acuerdo a lo conversado telefónicamente. Adjunto estado de deuda solicitado y facturas en archivo…”.

Entonces, determinado y confirmado el importe total que corresponde abonar a la SUSEPU por tal concepto, TELECOM S.A. o empresa telefónica deberá remitir factura o instrumento que conste tal dato, en soporte papel o por email, y recién proceder al pago. Efectivizado la empresa deberá enviar el respectivo recibo a efectos de acreditar lo realizado.

Finaliza, teniendo en cuenta que las líneas telefónicas en cuestión son de titularidad y uso exclusivo de la SUSEPU, que como entidad Autárquica del Estado Provincial tiene su propio patrimonio o recursos económicos (% tasa susepu s/cada factura) y presupuesto con lo cual pagará la deuda resultante, a los efectos de evitar confusión con Contaduría del Estado u otro Organismo estatal, sugiere se realicen las gestiones para que directamente el Ente se vincule con la Empresa de telefonía a los efectos de la continuidad de la prestación del servicio.

Que, en reunión de Directorio del día de la fecha, los miembros deciden aceptar la propuesta de TELECOM ARGENTINA S.A. para la cancelación de la deuda.

Por ello, en uso de las facultades conferidas;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- De acuerdo a lo manifestado en los considerandos y a los efectos de su regularización administrativa, por el Dpto. administrativo procédase al pago de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 84/100 ($ 117.549,84), a la Firma TELECOM ARGENTINA S.A. por cancelación de deuda por falta de pago de los de los cuatro (4) Números de teléfonos fijos, actualmente en uso:

. 0388-4258539

. 0333-4258538

. 0388-4258580

. 0388-4314883.

ARTICULO 2°. – El Dpto. Administrativo deberá proceder a solicitar a la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A. la factura o instrumento que conste el importe total a abonar por la SUSEPU y el respectivo recibo de pago. Además, gestionar la entrega de facturas en el domicilio de calle Las Heras Nº 213 – Bº Gorriti – S.S. de Jujuy.

ARTICULO 3°.- El gasto que demanda la presente será afrontado con la Partida Presupuestaria correspondiente del Ejercicio 2021.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese a Contaduría de la Provincia-

ARTICULO 5º.- Notificar al Dpto. Administrativo y a Contaduría de la Provincia.-