R E S O L U C I O N    Nº    220          -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 Octubre 2016
Cde. Expte. Nº 0630-0349/2016.-
VISTO:

El Expediente de referencia caratulado: “CDE. INFORME GERENCIA DE SERVICIOS ENERGÉTICOS S/CAMPAÑA DE MEDICIÓN DE EJESA EN EL CONTEXTO DE LA REVISIÓN QUINQUENAL DE TARIFAS A REALIZARSE DURANTE EL AÑO 2016”; y

CONSIDERANDO:

Que, ante la inminencia del proceso previsto en el Artículo 29 del Contrato de Concesión de EJE S.A., la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos remite al Presidente de este Organismo proyecto de resolución con los Términos de Referencia destinados a la formulación de la propuesta que EJE S.A. debe efectuar por la Revisión Quinquenal de Tarifas a realizarse durante el presente año.

Que, asimismo, informa que mediante Expediente Nº 0630-088/2015, caratulado: “INFORME GERENCIA DE SERVICIOS ENERGÉTICOS S/ CAMPAÑA DE MEDICIÓN DE EJE S.A. EN EL CONTEXTO DE LA REVISIÓN QUINQUENAL DE TARIFAS A REALIZARSE DURANTE EL AÑO 2016”, tramita la Campaña de Medición llevada a cabo por EJE S.A. durante el periodo 01/04/2015 al 31/03/2016, conforme la metodología aprobada por Resolución Nº 041-SUSEPU-2015, de fecha 02 de Marzo de 2015.

Que, el cuarto quinquenio del inicio de la Concesión se cumple el día 30 de Noviembre de 2016, por lo que corresponde una nueva Revisión del Régimen y Cuadro Tarifario.

Que, en tal sentido, el Artículo 29 del Contrato de Concesión de EJE S.A. ordena que el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario sean revisados cada cinco (5) años. A ese fin, con seis (6) meses de antelación a la finalización de cada período de cinco (5) años, la Concesionaria presentará para su aprobación a la Autoridad de Aplicación, la propuesta de un Nuevo Régimen Tarifario y Cuadro Tarifario.

Que, mediante Resolución Nº 184-SUSEPU-2016, de fecha 02 de Agosto de 2016, el Directorio de este Organismo aprobó los Términos de Referencia destinados a la formulación de la propuesta que EJE S.A. debe efectuar para la Revisión de Tarifas por el Quinquenio que concluye el 30 de Noviembre de 2016.

Que, mediante Resolución Nº 202-SUSEPU-2016, de fecha 05 de Septiembre de 2016, se le hace saber a la Distribuidora que su propuesta de Cuadro Tarifario para el Quinquenio 2016-2021 debía ser presentada hasta el día 23 de Septiembre de 2016.

Que, mediante Nota GC Nº 479/2016, presentada ante este Organismo en fecha 19 de Septiembre de 2016, el Gerente Comercial de EJE S.A. solicita se les extienda el plazo establecido por el Artículo 1º de la Resolución Nº 202-SUSEPU-2016 hasta el día 05 de Octubre del corriente año.

Que, el Presidente de la SUSEPU resuelve hacer lugar al requerimiento efectuado.

Que, por Nota GC Nº 524/2016, de fecha 05 de Octubre de 2016, EJE S.A. remite a consideración de este Ente Regulador el documento denominado “Revisión Tarifaria Quinquenal (2016-2021) – Presentación Inicial de Documentación”.

Que, en fecha 06 de Octubre de 2016, el Sr. Gerente Técnico de Servicios Energéticos informa que la documentación remitida por la Concesionaria se ajusta en general a lo dispuesto por la Resolución Nº 184-SUSEPU-2016, y que se encuentra en condiciones para iniciar el proceso de Revisión de la propuesta presentada y la convocatoria a la respectiva Audiencia Pública.

Que, en el marco de dicha Revisión Quinquenal Tarifaria; en cumplimiento del Artículo 58 de la Ley Nº 4.888 “Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Jujuy”, que ordena difundir públicamente las modificaciones tarifarias y convocar a Audiencia Pública al efecto; el Decreto Nº 6639-PMA-2006 que dispone que las Audiencias Públicas a llevarse a cabo en la Provincia de Jujuy se regirán por la Ley Nº 5.317, y lo dispuesto por el Artículo 29 del Anexo II del Contrato de Concesión de EJE S.A.; resulta necesario convocar a Audiencia Pública para el día 22 de Noviembre del año 2016.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Convocar a AUDIENCIA PUBLICA, la que tendrá por objeto poner a consulta de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021, conforme a los antecedentes agregados en el Expediente Nº 0630-349/2016 y el Expediente Nº 0630-088/2015 agregado por cuerda.-

ARTICULO 2°.- La Audiencia Pública convocada se llevará a cabo el día 22 de Noviembre de 2016, a horas 09,00 en las instalaciones del Mini Estadio Olímpico Municipal sito en calle Chacho Peñaloza Nº 81 de la ciudad de Palpalá. Se hace saber que  su procedimiento se regirá por las disposiciones de la Ley Nº 5.317 y las normas de funcionamiento que como Anexo I forma parte de la presente.-

ARTICULO 3º.- Conforme lo autoriza el Artículo 2º de la Ley Nº 5.317, designar como INSTRUCTOR COORDINADOR al Sr. Presidente del Organismo, Ing. Esp. Héctor Rafael Simone, disponiendo que ante razones extraordinarias o de fuerza mayor, el Presidente de la SUSEPU, en su función de Instructor Coordinador para el que fuera designado, será reemplazado por el Vocal 1º, C.P.N. Oscar Raúl Congiu, y éste, por el Vocal 2º, Ing. Agr. Héctor Aníbal Pérez, mientras dure la ausencia transitoria o impedimento que la motiva, o hasta tanto se produzca su cobertura, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 5.317.-

ARTICULO 4º.- Designar como Instructores Administrativos y Consultores a los siguientes profesionales: Ing. Jorge Guillermo Cheli – Gerente Técnico de Servicios Energéticos- y Dra. Ana Inés Melé – Jefe del Dpto. Legal.-

ARTICULO 5º.- En cumplimiento de lo establecido por el Artículo 9º de la norma citada y por los fundamentos esgrimidos en los considerandos, difundir la convocatoria a Audiencia Pública, ordenando su publicación por tres (3) veces en el Boletín Oficial y en diarios de circulación de la Provincia, así como su emisión en radios locales.-

ARTICULO 6º.- Quienes deseen incorporarse como participantes de la Audiencia Pública deberán realizar sus presentaciones de conformidad a los Artículos 10º y 11º de la Ley Nº 5.317, hasta el día 02 de Noviembre de 2016 inclusive, o primer día hábil siguiente si éste fuere declarado inhábil, en la Oficina Administrativa Habilitada en Sede de la SUSEPU, sita en calle Alvear Nº 1243, de Lunes a Viernes, en el horario de 8,00 a 13,00 y de 16,30 a 18,30 hs.-

ARTICULO 7º.- Todos los antecedentes y la documentación que dieran origen a la AUDIENCIA PUBLICA convocada con la finalidad de someter a consideración de la opinión pública el Régimen Tarifario y el Cuadro Tarifario propuestos por EJE S.A. a regir en el Quinquenio Diciembre/2016 a Noviembre/2021, agregados en el Expediente Nº 0630-349/2016, se encuentran a disposición de los interesados en la página web de este Organismo: www.susepu.jujuy.gob.ar, en el link Audiencia Pública y en las oficinas de esta Superintendencia.-

ARTICULO 8º.- Solicitar al Sr. Presidente de la Legislatura de la Provincia, C.P.N. Carlos Haquim, que tenga a bien autorizar al personal del Cuerpo de Taquígrafos de ese Poder, para que en virtud de lo establecido por el Artículo 17º de la Ley Nº 5.317, labren versión taquigráfica de lo acontecido en la Audiencia Pública.-

ARTICULO 9º.- Publicar en el Boletín Oficial. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y Dpto. Legal. Remitir copia a: Legislatura de la Provincia de Jujuy, Ministerio de Infraestructura, Servicios Púbicos, Tierra y Vivienda, Defensor del Pueblo de Jujuy y EJE S.A. Cumplido archívese.-
ING. HECTOR RAFAEL SIMONE
PRESIDENTE SUSEPU
CPN OSCAR RAÚL CONGIU
VOCAL 1º SUSEPU
ING. HECTOR A. PEREZ
VOCAL 2° SUSEPU