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R E S O L U C I O N    Nº       246     -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC 2018.-
Cde. a Expte. Nº 0630-518/2017.-

VISTO:

La Nota GC N° 598/2017 presentada por EJE S.A. en fecha 6 de Diciembre de 2017; y

CONSIDERANDO:

Que, por la nota mencionada en el visto, EJE S.A. presenta la Memoria de Cálculo de los parámetros que componen el Cuadros Tarifario que tendrá vigencia durante el período comprendido entre el 1° de Diciembre de 2017 y el 31 de Enero de 2018, en el marco de la Resolución N° 256-SUSEPU-2016, Resolución N°1091-E/2017 y Resolución N°1085-E/2017, Resolución N°979-E/2017, Resolución ENRE N°066/2017, Resolución ENRE N°077/2017, Resolución MEyM N°06/2016, Resolución ENARGAS N° I-4353/2017, Resolución MEyM N°7/2016, Resolución N°30-SUSEPU-2016 y Resolución Nº237-SUSEPU-2017, solicitando su aprobación.

Que, el Ing. Jorge Guillermo Cheli a cargo de la Gerencia de Servicios Energéticos elaboró el informe correspondiente, cuyos aspectos más relevantes se detallan en los considerandos siguientes.

Que, la de Resolución N°256-SUSEPU-2016 en su ARTICULO 1° aprueba el Subanexo 1 del Anexo II del Título I (Régimen Tarifario – Normas de Aplicación del Cuadro Tarifario); el ARTICULO 2° aprueba el Anexo II del Título I Procedimiento para la Determinación del Cuadro Tarifario del Contrato de Concesión de EJE S.A. a regir en el próximo Quinquenio Diciembre/2016–Noviembre/2021, el cual como Punto 6 contiene el APENDICE 6.1 – FACTORES DE LA  DEMANDA;  APÉNDICE  6.2 –  PLAN    DE INVERSIONES 2017–2021;  APENDICE 6.3 – SISTEMA AISLADO PROVINCIAL; APENDICE 6.4 – LOCALIDADES DEL SAP CON GENERACION PROPIA; APENDICE 6.5 – PONDERACION DEL PSAP0 Y EL PSAP0 DISPERSO; APENDICE 6.6 – CONTRIBUCION DE LAS LOCALIDADES CON GENERACION PROPIA AL PESAP.

Que, mediante Articulo 1° de Resolución Nº979-E/2017 de la Secretaria de Energía Eléctrica de la Nación se aprueba la programación estacional del Mercado Eléctrico Mayorista  elaborada por CAMMESA, correspondiente al periodo 1º de Noviembre/17 al 31 de Abril/18, luego en su Artículo 2° difiere la aprobación de los precios de referencia de

la Potencia y los Estabilizados de referencia de la Energía para distribuidores hasta tanto se realice la audiencia pública convocada por Resolución 403-E/2017, aplicándose únicamente para el mes de Noviembre/2017 los precios de la Resolución SEE N°256-E/2017 de la Secretaria de Energía Eléctrica de la Nación aprueba la Reprogramación Estacional de Verano para el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) elevada por la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA).

Que, mediante Resolución N°1091-E/2017 del 30 de noviembre de 2017, se sanciona para periodo comprendido entre el 1° de diciembre de 2017 y el 31 de enero de 2018, los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estabilizado del Transporte (PET), para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores y/o prestadores del Servicio Público de Distribución del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), destinada a abastecer a sus usuarios de energía eléctrica.

Que, en la misma resolución, se establecen los subsidios para los usuarios de la Tarifa Social, creándose una nueva escala de consumos a los efectos de su aplicación. Estableciendo para los primeros 150 kWh-mes un subsidio del 100% del PEE, los siguientes 150 kWh-mes un descuento del 50% del PEE y los excedentes a los 300 kWh-mes sin subsidios. Asimismo el Articulo 5° modifica los descuentos aplicados del plan estímulo para los usuarios Residenciales cuya demanda haya sido inferior en más del 20% respecto al mismo periodo del año 2015, otorgando un descuento del 10% de los precios del PEE. Tales modificaciones deberán ser aplicadas en su exacta incidencia a los usuarios finales por lo que se verán reflejada en el Cuadro Tarifario.

Que, mediante Resolución N°1085 E-/2017 del 30 de noviembre de 2017 se aprueba la metodología de distribución del costo que representa la remuneración del Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Extra Alta Tensión y por Distribución Troncal en el MEM, detallada en su Anexo (IF-2017-20271632-APN-SECEE#MEM) y que será de aplicación a partir del 1° de diciembre de 2017. En la misma norma se instruye a CAMMESA a realizar los cálculos correspondientes conforme a la metodología aprobada, de la cual resultaran los precios del Servicio Público de Transporte, incluyendo su estabilización a los Distribuidores.

Que, de acuerdo al Anexo (IF-2017-20271632-APN-SECEE#MEM) los precios correspondientes al Servicio Público de Transporte de Energía en Extra Alta Tensión y Distribución Troncal para la empresa distribuidora en la provincia de Jujuy son:

Agente Alta Tensión ($PEAT)

$MWh

Distro ($PDT)

$MWh

TOTAL (PET)

$MWh

EJESA 44,0 50,6 94,6

Que, los componentes asociados al Valor Agregado de Distribución (VAD) y al Sobreprecio del Sistema Aislado Provincial (SAP), tales como el Costo de Distribución, Gastos de Comercialización, Costos de Generación, Previsión de la Demanda del SIN y del SAP, Precios De Referencia Del Sistema Aislado Provincial (PESAP), Coeficiente De Variación Del Costo De Distribución De Referencia (lambda), Balance Expost, precio de la SET de 100 KVA, etc. a regir entre el 1° de noviembre de 2017 y el 30 de abril de 2018 son los aprobados por la Resolución N°237-SUSEPU-2017.

Que, el Directorio comparte el informe de la.

Por ello, compartiendo el informe de la Gerencia Técnica de Servicios y en ejercicio de las funciones que le son propias;

El DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE

ARTICULO 1º.- Aprobar el Cuadro Tarifario de EJE S.A., que tendrá vigencia desde el 1º de Diciembre de 2017 al 31 de Enero de 2018, y que como Anexo I forma parte de la presente disposición.-

ARTICULO 2º.– Publicar en Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos. Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos, del Usuario y al Departamento Legal. Cumplido archivar.-