R E S O L U C I O N    Nº    24          -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 Marzo 2018
Cde. Expte. Nº 0630-316/2017.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “E/INFROME DEL DPTO. TECNICO REF: MODIFICACION ANEXO I RESOLUCION SUSEPU Nº 39/1998 DEBIDO A AVANCES TECNOLOGICOS”; y

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución Nº 39-SU.SE.PU.-1998, en el Apartado 16 del ANEXO “I” expresa que debido al avance tecnológico, las presentes especificaciones técnicas así como las normas de construcción podrán estar sujetas a modificaciones. Dichas modificaciones deberán ser propuestas por E.J.E. S.A. a los Organismos Fiscalizadores y Municipios para su aprobación y/o difusión, de igual modo los Organismos Fiscalizador podrán proponer modificaciones para su estudio y aprobación.

Que, EJE S.A. eleva para aprobación de esta Superintendencia las  NORMAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA ACOMETIDAS MONOFASICAS PARA POTENCIAS MENORES A 10 KW Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA ACOMETIDAS TRIFASICAS HASTA 50 Kw, que se anexan.

Que, dichas modificaciones mejoran la calidad del suministro de energía  considerando los criterios de seguridad en instalaciones eléctricas propuestos por la Reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina – AEA 95150, con el objetivo principal de garantizar la seguridad de personas, animales, cosas y bienes en la vía pública, como así mismo a preservar el medio ambiente.

Que, las mejoras propuestas surgen como consecuencia de los avances tecnológicos, siendo función de la SUSEPU regular y aprobar los cambios hasta el nivel de “línea municipal”, propendiendo a una reglamentación clara y un mejor entendimiento Usuario–Empresa–SUSEPU.

Por ello, atento disposiciones legales en vigencia y en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dejar sin efecto la Resolución N° 039-SUSEPU-1998 de fecha 07 de Abril de 1998.

ARTICULO 2°.- Aprobar LAS  NORMAS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA ACOMETIDAS MONOFASICAS PARA POTENCIAS MENORES A 10 KW Y ESPECIFICACIONES TECNICAS PARA ACOMETIDAS TRIFASICAS HASTA 50 Kw, que se anexan de fs. 108 a fs. 173, del expediente del título y que como ANEXO “I”  en C.D. encriptado, forman parte de la presente Resolución.-

ARTICULO 3º.- Por el lapso de CIENTO VEINTE DIAS (120) días a contar de la fecha, EJE S.A. deberá dar una amplia difusión a las Normas y Especificaciones que por este acto se aprueban entre clientes, proveedores de materiales, electricistas matriculados, maestros mayores de obra, empresas constructoras, Municipalidades, Comisiones Municipales, Colegios Profesionales de Ingenieros y Arquitectos, etc. Cumplido el mismo, se pondrán en vigencia las normas y especificaciones aprobadas, las que no serán retroactivas a las instalaciones existentes, salvo que la Distribuidora las realizara a su exclusivo cargo.-

ARTICULO 4º.- Los futuros nuevos usuarios deberán ser notificados fehacientemente de las normas y especificaciones aprobadas, a los fines de evitar gastos innecesarios.-

ARTICULO 5º.- Notificar a EJE S.A. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a las Gerencias SUSEPU y al Departamento Legal. Cumplido archivar.-
ING. HECTOR RAFAEL SIMONE
PRESIDENTE SUSEPU
CPN OSCAR RAÚL CONGIU
VOCAL 1º SUSEPU
ING.AGR. HECTORA. PEREZ
P/A VOCAL 2° SUSEPU