R E S O L U C I O N    Nº    26        -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 1 Marzo 2017
Cde. Expte Nº 0630-0527/2016.-

VISTO:

Expediente del título caratulado: “E/LLAMADO A CONCURSO DE PRECIOS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA P/PERIODO 2017.”;  y

CONSIDERANDO:

Que, a los fines de gestionar la contratación de referencia, el Dpto. actuante, en base a las Condiciones Generales y Particulares para el Concurso de Precios, cursó las invitaciones (fs. 7/10) a distintas firmas del medio: IMIR Servicios Empresarios, FORTEL de Elías Roberto Fortunato, EL GUARDIAN S.R.L. y MARLIN S.R.L., solicitando cotización para la convocatoria fijada para el 13-12-2016 a hs. 09:00.

Que, en la fecha y hora prevista y según consta en el Acta de Apertura de Sobres anexa a fojas 127, se presentaron dos Empresas: 1) IMIR Servicios Empresarios quien cotiza por el servicio de limpieza del edificio la suma mensual de $ 18.500,00 IVA incluido, con provisión de papel higiénico y toallas de papel. También ofrece una alternativa por $ 16.500,00 mensual sin provisión de toallas ni papel higiénico y 2) la Empresa FORTEL del Sr. Roberto Elia quien cotiza por el servicio de limpieza del edificio la suma mensual de $ 17.400,00 IVA incluido, y la oferta variante sin provisión de papel higiénico ni toallas de papel en la suma de $ 16.900,00.

Que, en Dictamen Nº 128/2016 (fs. 132/133) se expide el Dpto. Legal SUSEPU y, atento a las observaciones formuladas por las partes oferentes en el acto de apertura de sobres manifiesta que, la Empresa FORTEL de ELIA ROBERTO FORTUNATO, es una Empresa Unipersonal de conformidad a la documentación presentada y obrante a fojas 64/126, las que dan cuenta el pago de las obligaciones de seguridad social y certificado de libre deuda de obra social a fs. 119, también a fs. 73 rola el certificado de cobertura del seguro de riesgo de trabajo, por lo que resulta que dicho oferente dio cumplimiento a las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones y demás normativas señaladas, además presenta una cotización de precio más ventajosa con razonabilidad y conveniencia para la adjudicación del Servicio de Limpieza en autos gestionado. Por ello se aconseja, formalizar la contratación que nos ocupa habida cuenta que el precio del presupuesto es manifiestamente inferior a los precios de plaza y del otro oferente presentado.

Que, a folios 131 el Departamento Administrativo detalla la partida a la que se afectará la presente erogación.

Que, el Sr. ROBERTO FORTUNATO  ELIA  y  la  Superintendencia  de  Servicios Públicos y otras Concesiones suscriben el Contrato de Locación de Obra, cuya copia rola a fojas 136/137.

Por ello, en ejercicio de sus funciones, Dictamen Nº 128/2016 y disposiciones legales en vigencia;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Por lo expuesto en el Considerando, convalidar el trámite seguido en autos y el Contrato de Locación de Obra de fojas 136/137 suscrito entre el Sr. ROBERTO FORTUNATO ELIA y la Superintendencia de Servicios Públicos y otras Concesiones, para la prestación del Servicio de Limpieza y Mantenimiento SUSEPU, cuya vigencia es del 2 de Enero al 31 de Diciembre del 2017, por la suma total de Pesos: Doscientos Ocho Mil Ochocientos ($ 208.800,00), IVA incluido.-

ARTICULO 2º.- La presente erogación se afecta a la partida siguiente:

EJERCICIO  2.017    
JURISDICCION : G –  ORGANISMOS   DESCENTRALIZADOS  
U.  DE  ORGANIZACIÓN 5 –   SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS

         Y OTRAS CONCESIONES     

 
FINALIDAD: 7 –    DESARROLLO DE LA ECONOMIA  
FUNCION: 13 – DESARROLLO DE LA ECONOMIA SIN DISCRIMINAR  
1-1-2-0-0-0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES $ 208.800,00
1-1-2-5-0-0 BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES-CON REC. PROPIOS $ 208.800,00
1-1-2-5-2-0 SERVICIOS NO PERSONALES $ 208.800,00
1-1-2-5-2-2 Servicios No Personales – Con Recursos Propios $ 208.800,00

ARTICULO 3º.- Remitir copia a conocimiento del Tribunal de Cuentas. Luego siga al Departamento Administrativo a sus efectos. Cumplido archívese.-