R E S O L U C I O N    Nº   286      -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 Septiembre 2015
Cde. Expte. Nº 0630-0336/2015.-
VISTO:

El Artículo 6° del Reglamento de Llamado a Concurso Público para cubrir cargos de Gerentes de la SUSEPU, aprobado por Resolución Nº 067-SUSEPU-2004, que establece que el Jurado que tendrá a cargo de realizar la evaluación y selección de los candidatos a cubrir los cargos, estará integrado por seis (6) miembros, de los cuales tres (3) serán los Directores de la SU.SE.PU., dos (2) representantes deberá designar el Foro de Colegios de Profesionales de Jujuy y un (1) representante la Universidad Nacional de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, por Nota N° 664/2015 este Organismo solicitó la designación de dos profesionales del Foro de Colegios Profesionales de Jujuy para integrar el Jurado que intervendrá en los Concursos para cubrir dos Gerencias Técnicas de esta SUSEPU.

Que, el Gerente del Colegio de Ingenieros de Jujuy Ing. Emilio Alberto Coronel, mediante Nota N° 200/2015 informa que resulta imposible la designación de dos profesionales del Foro de Colegios de Profesionales debido a que la Federación de Profesionales Universitarios de Jujuy se encuentra inactiva.

Que, consecuentemente se plantea un impedimento a la conformación del Jurado de la manera dispuesta por el Reglamento del Llamado a Concurso Público.

Que, en Dictamen N° 108/2015 la Asesora Legal-SUSEPU manifiesta que la momentánea situación de inactividad del Foro no necesariamente implica disolución del mismo, por lo que no se encontraría justificada por ahora una modificación al Reglamento que aprueba el Llamado a Concurso Público.

Por consiguiente, ante la imposibilidad material de conformar el Jurado para los Concursos Públicos destinados a cubrir los cargos de los Gerentes Técnicos de los Servicios de Energía Eléctrica y de Agua Potable y Saneamiento (cuyos mandatos vencen el día 05 de Enero del 2016), por razones completamente ajenas a la voluntad y responsabilidad de este Organismo, sugiere que, de manera excepcional y por esta única vez, se emita un acto administrativo que exceptúe a los citados Concursos del procedimiento reglamentariamente establecido por el Artículo 6° del Anexo I de la Resolución Nº 067- SUSEPU-2004 y, se invite al Colegio de Ingenieros y al Consejo de  Ciencias  Económicas de la Provincia (instituciones que en concursos anteriores han tenido participación a través de los representantes designados por el Foro) a designar cada uno de ellos a un profesional para integrar el Jurado que intervendrá en los Concursos para cubrir las dos Gerencias Técnicas de esta SUSEPU.

Que, en su intervención, teniendo en cuenta que por Resolución R.N° 1836/2015 el Rector de la Universidad Nacional de Jujuy designó a un Contador Público Nacional para integrar el referido Jurado, el Sr. Presidente de SUSEPU propicia que se invite al Colegio de Abogados en lugar del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Por ello, en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Exceptuar, por esta única vez, la aplicación del Artículo 6° del Anexo I de la Resolución Nº 067-SUSEPU-2004, respecto a la conformación del Jurado con representantes del Foro de Colegios Profesionales de Jujuy y, en consecuencia, invitar al Colegio de Ingenieros y al Colegio de Abogados a designar -cada uno de ellos- a un profesional para integrar el Jurado que intervendrá en los Concursos para cubrir los cargos de los Gerentes Técnicos de los Servicios de Energía Eléctrica y de Agua Potable y Saneamiento de SUSEPU.-

ARTICULO 2º.- Remitir copia a conocimiento del Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos. Dar a las Gerencias y al Dpto. Legal. Cumplido archívese.-
Ing. H. A. RODRÍGUEZ FRANCILE
PRESIDENTE – SU.SE.PU.
Ing. JOSE LUIS IZQUIERDO
VOCAL 1RO. – SU.SE.PU.
Esc. MARIO A. PIZARRO
VOCAL 2DO. – SU.SE.PU