R E S O L U C I Ó N   Nº       65       -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 Mayo 2017
Cde. Expte. Nº 0630-0013/2016.-

VISTO:

Expediente de referencia caratulado: “ATENCION USUARIOS: VALLEJOS OMAR – YARADE FELIX. QUEJA EN LIBRO DE EJE S.A. OF. PALPALA POR DEMORA EN ATENCION AL CLIENTE. CDE. NOTAR Nº 11/2016 – 12/2016. FOLIOS 000463 – 000462”; y

CONSIDERANDO:

Que, al traslado de Ley, la Empresa (fs. 9/10) responde que en la fecha de las quejas asentadas por los Sres. Vallejos y Yarade, se trató del segundo día hábil posterior al fin de semana largo de los feriados por la celebración de año nuevo, con una afluencia media de clientes. En la jornada atendieron 478 usuarios. La caja habilitada cobró las facturas en un tiempo razonable.

Para el mes de Enero/2016 programó incorporar un segundo cajero en las siguientes fechas: 11, 12,13, 18 y 25, en las cuales atendió un promedio de 539 usuarios por día, con un máximo de 871 clientes el 11/01/2016. Asimismo, informa que mensualmente renueva los análisis de previsión del esquema de atención de cajeros para mejorarlo en días de alta cobranza. A tal efecto amplió de 7 a 10 días por mes la asistencia del segundo cajero de refuerzo.

Adjunta copia de las respuestas dada a los usuarios, en las que solicitaba las disculpas por las molestias ocasionadas (fs. 7/8).

Que, la Gerencia del Usuario (fs. 14) esgrime que:

Conforme el resultado de las inspección realizada por personal de su área (fs. 12/13), y en atención a los informes agregados en Expte. Nº 0630-064-2014, advierte que no se logró el objetivo pretendido que es el aumento de otros medios de pago para descongestionar las bocas de cobro de facturas tradicionales, por lo tanto solicita, se requiera a la Empresa modificar las medidas ya adoptadas para una mejor y fluida atención de los usuarios que concurran a pagar sus boletas en fechas de mayor aglomeración (vencimientos, cortes, pago de sueldos). Sugiere, hasta tanto se logre la disminución de la concurrencia que genera el conflicto, implemente mayor personal en el sector de cajas en los días indicados.

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Hacer saber al Sr. Omar José VALLEJOS, con domicilio en Pedro Campos N° 198 B° San Cayetano-Palpala, Servicio Nº 94313 y al Sr. Félix Manuel YARADE, con domicilio en Rio Grande N° 24 B° San Ignacio de Loyola- Palpala, Servicio N°105558 cuya titularidad está a nombre de la Sra. María Magdalena PEREZ, que sus quejas asentadas en  folios Nº 000463 y N° 000462 del Libro de Queja-Reclamo-Sugerencia habilitado en las oficinas comerciales de EJE S.A. de esa Ciudad, dieron inicio al Expte. N° 0630-13/2016 y, en virtud de informes técnicos obrantes en autos, se resuelve de acuerdo a los siguientes articulados.-

ARTÍCULO 2°.- Por lo expuesto en considerando, solicitar a EJE S.A. implemente nuevos mecanismos tendientes a evitar que se reiteren reclamos como los tratados en autos, sugiriendo la asignación de mayor personal en cajas para los días de gran afluencia de público (vencimientos, cortes, pago de sueldos, etc.) acreditando a posteriori ante SUSEPU las medidas adoptadas.-

ARTICULO 3º.- Notificar a EJE S.A. y a los usuario. Dar a conocimiento de la Gerencia del Usuario. Cumplido archivar.-