R E S O L U C I O N    Nº     79         -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 Abril 2021
Cde. Expte. Nº 0630-302/2020.-

Visto:

Resolución N° 112-SUSEPU-2020 de fecha 01 de Octubre de 2020, por medio de la cual se dispone la afectación de dos vehículos de propiedad de esta Superintendencia a la Secretaría General de la Gobernación en cumplimiento del “Plan General de Previsión, Prevención y Promoción de COVID-19” (Coronavirus), fs. 20/21.

La Nota de fecha 01 de Diciembre de 2020 remitida por la Secretaría General de la Gobernación, fs. 22; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la nota citada en el Visto, el Sr. Secretario General de la Gobernación, C.P.N. Héctor Freddy Morales, solicita a este Organismo la transferencia definitiva, en carácter de donación a la Dirección de Administración de la Gobernación, de los vehículos afectados, por Resolución N° 112-SUSEPU-2020, a la Secretaria General de la Gobernación.

Motiva su pedido la necesidad de contar de manera permanente con tales rodados a fin de dar solución a la Emergencia Sanitaria, siendo una de las funciones de esa Dirección asistir de manera permanente al COE (Comité Operativo de Emergencia).

Que, Asesoría Legal, en su Dictamen de fs. 23/24, analizadas las constancias de autos, considera que no existe ninguna prohibición legal para la realización de la donación de los vehículos automotores detallados y solicitados por la Secretaria General de la Gobernación.

A tales efectos, enuncia los trámites que deberán seguirse y observarse para perfeccionar la donación que se requiere.

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Donar al Estado Provincial, con destino al uso por parte de la Secretaria General de la Gobernación, los siguientes vehículos automotores, de propiedad de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones, a disposición del cumplimiento del “Plan General de Previsión, Prevención y Promoción de COVID-19” (Coronavirus):

ARTICULO 2°. – A fin de cumplimentar con los trámites legales y técnicos para el perfeccionamiento de tal Donación, remitir las actuaciones a la Secretaria General de la Gobernación para la emisión del acto administrativo correspondiente a la aceptación de la Donación.

Cumplido el trámite, pase a Escribanía de Gobierno para su intervención. –

ARTICULO 3°. – Por Depto. efectuar el seguimiento del trámite para la baja del inventario de los vehículos automotores detallados en Artículo 1°. –

ARTICULO 4°. – Poner a conocimiento del Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda. Cumplido, archívese. –