R E S O L U C I O N Nº 03 -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 Enero 2016
Cde. Expte. Nº 0630-0281/2015.-
VISTO:
Expediente del título caratulado: “ATENCION USUARIOS: YARULL LIDIA. QUEJA EN LIBRO DE EJE S.A. OF. SAN PEDRO POR HABILITACION DE CAJAS EN SALON DE ATENCION AL CLIENTE. CDE. NOTAR Nº 813/2015 FOLIO 000685.”; y
CONSIDERANDO:
Que, EJE S.A. (fs. 7/8) informa que el día en que la Sra. Yarull registro la queja que obra a fs. 3 la afluencia de usuarios fue normal. Tenía habilitada dos cajas de cobranzas, pero entre las 10:15 hs. y 11:14 hs. el personal de caja se ausentó al sanitario por encontrarse descompuesta continuando una caja cobrando durante ese lapso de tiempo.
Ese día las líneas de cajas cobraron 711 cupones con un promedio de 56 segundos por c/u, tiempo razonable.
Agrega que tiene habilitadas distintas bocas externas para el pago de las facturas.
Finalmente, mediante Nota S.S.P. Nº 1131/2015 le dio respuesta a la usuaria pidiéndole disculpas por el inconveniente e informándole sobre los medios para hacer efectivo el pago de facturas.
Que, del análisis realizado a la situación planteada, la respuesta dada por la Empresa y la reunión mantenida entre SUSEPU-EJE S.A. el 28-07-2015, la Gerencia del Usuario (fs. 9/10) concluye indicando que se le requiera a la Distribuidora, envié periódicamente los avances de la campaña implementada por EJE S.A. de difusión de las bocas externas habilitadas para el pago de facturas, como estadísticas de modificación de hábitos de pagos y de reclamos y, se ponga en conocimiento de la Sra. Yarull sobre la aludida campaña, adjuntando el folleto informativo en la notificación de la Resolución que ponga fin a la queja.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Hacer saber a la Sra. Lidia R. Yarull, con domicilio en Fray Luis Beltran Nº 181 Bº Ejercito del Norte – San Pedro, Servicio Nº 25940, que su queja asentada en la Hoja Nº 000685 del Libro de Queja-Reclamo-Sugerencia habilitado en las oficinas comerciales de EJE S.A. de esa Localidad, originó el Expediente Nº 0630-281/2015 y, de los informes obrantes, surge que mediante Nota S.S.A. Nº 1131/2015 (fs. 5/6) la Distribuidora le dio respuesta. Asimismo que la Empresa implementó una campaña informativa en los medios (diarios, televisión, radio, sitio web) y folletería adjunta a la factura que reparte en cada domicilio, sobre las bocas externas para el pago de facturas. Para mayor ilustración se le envía folleto.-
ARTICULO 2º.- Notificar a EJE S.A. y al usuario. Pasar a conocimiento de la Gerencia del Usuario. Cumplido archivar.-
ING. HECTOR RAFAEL SIMONE
PRESIDENTE SUSEPU
CPN OSCAR RAÚL CONGIU
VOCAL 1º SUSEPU
ING.MARIA JESUS R. GARCIA
Gerente Tec. Serv. De Agua Pot. y Saneamiento
A/C VOCAL 2° SUSEPU