R E S O L U C I O N    Nº     102      -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 Mayo 2017
Cde. Expte. 0630-0203/2017.-

VISTO:

Expediente de referencia caratulado: “E/DOCUMENTACION DE AUDITORIA SUSEPU REF. PADRON TARIFA SOCIAL  PROCESO 012.”; y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 030-SUSEPU-2016 y su modificatoria Nº 014-SUSEPU-2017, la SUSEPU estableció un régimen de Tarifa Social de carácter transitorio para Usuarios Residenciales de EJE S.A., aprobando además los Criterios de Elegibilidad y de Exclusión establecidos en el Anexo I de las Resoluciones MEyM Nº 07/2016 y Nº 219/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación.

Que, a fojas 4 vlta. la Gerencia de Servicios Energéticos comparte y eleva informe confeccionado por Auditoría SUSEPU donde se detalla el nuevo Padrón de Usuarios de TARIFA SOCIAL, el que fuera confeccionado en base a la información provista por EJE S.A. y la procesada por el SINTyS. y de acuerdo al análisis realizado en el (proceso_012), surgen los siguientes resultados:

 

Código Interno Detalle Cantidad
01 Elegido para TS   57.729
02E Elegido para TS con más de un servicio.     2.695
02R Rechazado para TS más de un servicio.     3.012
E11 Elegidos por Discapacidad        722
F11 Fallecidos 1er aviso        262
I11 Jubilados con Ingresos Sup.     3.558
I12 Jubilados con Ingresos Sup.          95
T11 Temporal 1er llamado        968
04 Rechazado TS   63.728
05 Sin atributos   24.552
06 Sin identificar   27.930
07 Autorizado Familia Crítica        325
  Total… 185.576

 

Por lo que se concluye que:

Cantidad Total de Registros de usuarios Tarifa Residencial  informados :  185.576

Cantidad de Servicios Elegidos como beneficiarios de la Tarifa Social:       66.354

Cantidad de Servicios Rechazados para en la Tarifa Social:   66.740

Cantidad de Servicios sin atributos para obtener el beneficio de la Tarifa Social:   24.552

Cantidad de Servicios sin identificar por el SINTyS :   27.930

Que, dado lo voluminoso de la información se adjunta un CD conteniendo listado de todos servicios correspondientes al (proceso_012) elaborado por Auditoría SUSEPU, el que además de identificar los usuarios y su carácter frente al beneficio de la Tarifa Social, también incorporo el motivo por el cual fueron elegidos o rechazados en dicho beneficio. Además están incluidos los usuarios que el SINTyS los identifica como “Sin Atributos” para acceder a la Tarifa Social y aquellos servicios cuyos usuarios no pueden ser identificados (Sin Identificar), de manera tal que la empresa EJE S.A., con estos datos, estaría en condiciones de informar a sus usuarios, en caso de ser consultados.

Que, debido a que el CD contiene información confidencial de los usuarios, la misma fue encriptado con una clave de seguridad. Esta clave colocada en un sobre cerrado, dirigido al Ing. Carlos de los Ríos (Jefe Sección Comercial) será entregado personalmente por Auditoria SUSEPU.

Por ello, atento disposiciones legales en vigencia y en ejercicio de sus funciones;

 EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Por lo expuesto en considerando, remitir a EJE S.A. C.D. encriptado con Clave de Seguridad, soporte magnético que contiene listado de usuarios a incorporar en la Tarifa Social, proceso_012, a los fines de que sean incluidos o excluidos en la próxima facturación, conforme a disposiciones en vigencia.-

ARTICULO 2º.- Notificar a EJE S.A. Dar a conocimiento de las Gerencias del Usuario y de Servicios Energéticos y al Dpto. Legal. Cumplido archivar.-