R E S O L U C I O N    N°   174        – SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 Septbre 2017
Cde. Expte. N° 0630-0310/2017.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE. A NOTA  GE Nº 030/2017 EJSED S.A. E/RESULTADO DE LAS TRANSACCIONES CORRESPONDIENTE A MAYO/2017.”; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota GE N° 030/2017 la Empresa realizó la presentación del Estado de Resultados de las Planillas resumen de facturación y la Rendición de los Subsidios correspondientes al mes de Mayo/2017, por la suma total de $ 1.403.558,10.

Que, de acuerdo a lo establecido en el apartado 4.1 punto 4 – SUBSIDIOS – REGIMEN TARIFARIO del Contrato de Concesión, el subsidio otorgado a los usuarios resulta de la diferencia entre el valor de la energía facturada con el Cuadro Tarifario de EJSED S.A. y el facturado con el Cuadro Tarifario a Usuario Final correspondiente, para la categoría en que este encuadrado el usuario.
Que, la Gerencia de Servicios Energéticos en su informe que rola a fojas 11, producido luego de evaluar la documentación presentada, sugiere la aprobación de la rendición presentada por EJSED S.A. por la suma de $1.403.558,10, mediante el dictado de la Resolución pertinente.

Por ello, en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO  DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la rendición de los subsidios presentada por EJSED S.A., correspondiente al mes de MAYO/2017, según documentación que se encuentra agregada en autos,  la que  fuera  analizada y  controlada  por el personal de la Gerencia de Servicios Energéticos, cuyo importe total asciende a la suma de Pesos: Un Millón Cuatrocientos Tres Mil Quinientos Cincuenta y Ocho con Diez Centavos ($ 1.403.558,10) de  acuerdo al siguiente detalle:

 

 

 

Subsidio 1 FCT 1.213.585,23  
  Subsidio 2
Sub total SubsidioReintegro al FOPSUP – Res. SUSEPU 85/2017

Reintegro al FOPSUP – Res. SUSEPU 69/2017

Reintegro al FOPSUP – Res. SUSEPU 69/2017

Ley 4773 215.718,77

1.429.304,00

– 20.827,83

– 2.277,24

– 2.640,83

 
  TOTAL SUBSIDIO   1.403.558,10  

 

ARTICULO 2º.- Elevar estas actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Dar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos y del Departamento Administrativo. Cumplido archívese.-