R E S O L U C I O N    Nº     181       -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 Julio 2016
Cde. Expte. Nº 0630-0282/2016.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE. A NOTAR Nº 656/2016 DELIA A VAZQUEZ DE VILLATARCO CESE EN SUS FUNCIONES POR JUBILACION. SOLICITA LIQUIDACION FINAL Y PAGO ARTICULO 9º DEL C.C.T. Nº 36/75.”;  y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1, se agrega Nota presentada por la Sra. Delia A. Vázquez de Villatarco, quien comunica a la SUSEPU haber sido notificada por el ANSES que se le ha otorgado el beneficio de la prestación jubilatoria a partir del mensual Junio del año 2016. Asimismo solicita se le haga efectivo la liquidación y pago del Artículo 9 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75 vigente, como todo otro ítems que correspondiere bajo el mismo régimen.

Que, a fojas 4, la Encargada de Personal SUSEPU produce informe de la Situación de Revista de la agente, indicando que pertenece a la Planta de Personal Permanente de esta Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones y que debe practicarse la Liquidación Final de sus haberes, correspondiéndole percibir el Sueldo Anual Complementario 1º Semestre, liquidación que será incluida en las planillas generales de personal; el proporcional de la Licencia año/2016 y del Plus por Vacaciones/16, y la Dif. de Bonificación Anual por Eficiencia (BAE), los cuales serán incluidos en el haber de Junio/2016. Respecto a la Bonificación del Artículo 9º inc. b) del C.C.T. Nº 36/75, aclara que se procede a su liquidación pero que la partida para el ejercicio actual aún no fue creada a pesar de haber sido prevista y requerida. Señala que a la agente se le adeudan las licencias del año en curso y que de acuerdo al Artículo 60 del Convenio Colectivo será proporcional al tiempo trabajado, resultando quince (15) días hábiles de licencia anual 2016. Por último, señala que la Sra. Vázquez debe hacer entrega formal de los bienes que uso diariamente para cumplir con su tarea habitual. Adjunta cálculo de los conceptos antes señalados practicados según Convenio Colectivo Nº 36/75.

Que, a fojas 11, la CPN Mirta Cruz informa que los conceptos y cálculos practicados son correctos y ajustados a lo que marca la Ley de Contrato de Trabajo y el C.C.T. Nº 36/75, y que el importe resultante de la Liquidación Final deberá imputarse a la partida de Personal -Planta Permanente-Adicionales con Recursos Propios-Bonificación art. 9 CCT 36/75. Aclara que si bien en el Presupuesto 2016 se ha previsto la creación de la partida antes señalada, se advierte que la misma no fue establecida en el Presupuesto General de la Provincia hoy vigente, por lo que sugiere se realicen las modificaciones presupuestarias que tramitan por Expte. Nº 0630-237/2016 a los fines de hacer frente al pago de la erogación mencionada.

Que, en Dictamen Nº 71/2016  el Dpto. Legal SUSEPU esgrime que, habiendo notificado el ANSES en fecha 15/06/2016 que mediante Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01243 de fecha 15 de Abril de 2016 se ha otorgado a la Sra. Delia Amanda Vázquez de Villatarco el beneficio de la JUBILACION ORDINARIA a partir del mensual Junio del corriente año, según los antecedentes obrantes a fojas 1/3, y habiéndose producido la intervención oportuna de los Departamentos competentes, corresponde mediante el dictado del acto administrativo se disponga el CESE de servicios de la mencionada agente en la Categoría o Escalafón detentado a partir del 01 de Julio de 2016, ordenándose se practique la Liquidación Final de los haberes conforme calculo obrante en autos, erogaciones que serán atendidas con la partida correspondiente según informe producido por el área competente.

Por ello, en ejercicio de sus funciones y facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Por lo expuesto en considerando, disponer el CESE de servicios de la Sra. DELIA AMANDA VAZQUEZ DE VILLATARCO, D.N.I. Nº 11.663.115, CUIL N° 27-11.663.1, Jefa de Despacho SUSEPU, Categoría 18/3 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75, Legajo Interno Nº 073, perteneciente a la Planta Permanente de este Organismo a partir del 01 de Julio de 2016.-

ARTICULO 2º.- Por el Departamento Administrativo procédase al control y recepción de los bienes a su cargo y a efectuar las gestiones necesarias y pertinentes para abonar la Liquidación Final de los haberes que correspondiere a la mencionada agente, esto es el Sueldo Anual Complementario proporcional 1º Semestre/16, Licencias No Gozadas/2016 proporcional a quince (15) días hábiles, Plus por Vacaciones 2016 y Diferencia de BAE/2016, importes  resultantes   que   deberán   imputarse   a   la   partida  de   Personal –Planta Permanente y la Bonificación acordada por el Artículo 9º, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 36/75 deberá imputarse a la Partida Específica Personal – Planta Permanente- Adicionales con Recursos Propios – Bonificación Artículo 9º del  C.C. Nº 36/75.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, remítase copia al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Dirección Provincial de Personal, Tribunal de Cuentas, Instituto de Seguros de Jujuy y A.N.SE.S. Pase a conocimiento de la Gerencia de Usuarios, Gerencia de Servicios Energéticos y Gerencia de Agua. Por el Departamento Administrativo dese cumplimiento al Artículo 2º y notifíquese a la Sra. Delia Amanda Vázquez de Villatarco archivando copia en su Legajo Personal.-