R E S O L U C I O N    N°   186        – SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 Agosto 2016
Cde. Expte. N° 0630-0269/2016.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE. A NOTA GC Nº 286/2016 EJE S.A. E/ INFORME MENSUAL SISTEMA SOLIDARIO DE INCENTIVOS Y PENALIZACIONES (PUREJ) MES DE MAYO/2016.”; y

CONSIDERANDO:

Que, por Nota GC Nº 286/2016, EJE S.A. presenta a esta Superintendencia informe relacionado con los resultados obtenidos de aplicar el Programa de Utilización Racional de la Energía Eléctrica de Jujuy (PUREJ), durante el mes de MAYO/2016.

Que, analizada la documentación y procesados los datos presentados por la Distribuidora, la Gerencia de Servicios Energéticos informa a fs. 5/6 que la rendición se ajusta a lo que establece el Artículo 8º del Anexo II del Decreto-Acuerdo Nº 1364-P.I.-2004 y al Artículo 3º Anexo III de la Resolución Nº 154-SUSEPU-2004, resultando el monto de  las penalizaciones  facturadas  superior  al  de las bonificaciones en un valor de $ 29.736,65, por lo que corresponde que EJE S.A. proceda de acuerdo a lo que estipula el apartado f) Artículo 9º Anexo II del Decreto-Acuerdo Nº 1364-P.I.-2004.

Por ello;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Aprobar la rendición presentada por EJE S.A., sobre el Sistema Solidario de Incentivos y Penalizaciones correspondiente al mes de MAYO/2016, de lo que resulta un importe de las penalizaciones facturadas superior a las bonificaciones que asciende a la suma de pesos:  Veintinueve Mil Setecientos Treinta y Seis con Sesenta y Cinco Centavos ( $ 29.736,65).-

ARTICULO 2º.- Ordenar a EJE S.A. que, con respecto a la suma de $ 29.736,65 resultante de la aplicación del PUREJ, en el término de diez (10) días proceda de acuerdo a lo que estipula el apartado f) Artículo 9º Anexo II del Decreto-Acuerdo Nº 1364-P.I.-2004.-

ARTICULO 3°.- Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos y del Departamento Administrativo. Luego remitir al Ministerio del Área a sus efectos.-