R E S O L U C I O N    Nº   188          -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 Agosto 2016
Cde. Expte. 0630-0316/2016.-

VISTO:

Expediente de referencia caratulado: “E/INFORME NUEVO PADRON DE USUARIOS “ALTAS” Y “BAJAS” EN LA TARIFA SOCIAL.”; y

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 030-SUSEPU-2016 se estableció un régimen de Tarifa Social de carácter transitorio para Usuarios Residenciales de EJE S.A. y, a tales fines se remitió a la Empresa -por Resolución Nº 035-SUSEPU-2016 (Art. 3º), el listado de usuarios residenciales elaborado por la Dirección Nacional de Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINT y S) que cumplían con el criterio de selección de los potenciales titulares de la Tarifa Social.

Que, a fojas 60 vlta. la Gerencia de Servicios Energéticos eleva los actuados solicitando el dictado de Resolución, incorporando a Tarifa Social y dando de baja los servicios de los listados adjuntos desde folios 2 a 60 de autos. Ello considerando el informe de Auditoría SUSEPU, quien luego de analizar los archivos del SINTyS de acuerdo al procedimiento ya definido, elabora nuevo Padrón de Usuarios surgiendo lo siguiente:

Cantidad de Registros de usuarios informados: 181.733
Cantidad de Servicios en condiciones de darle el ALTA en la Tarifa Social: 1.257
Cantidad de Servicios en condiciones de darle el BAJA en la Tarifa Social: 14.300
Cantidad de Servicios que continúan en la Tarifa Social: 59.473
Cantidad de Servicios Rechazados en la Tarifa Social: 71.646
Cantidad de Servicios sin el privilegio en la Tarifa Social: 49.672
Cantidad de Servicios dados de baja como usuarios de EJESA: 191

Que, a folios 2 a 25 y como ANEXO I se adjunta Listados de Servicios a dar de ALTA en la Tarifa Social.

Que, a fojas 26 a 60 y como Anexo II se agrega Listado de Servicios a dar de BAJA en la Tarifa Social.

Por ello, atento disposiciones legales en vigencia y en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Remitir a EJE S.A., el listado impreso  que como ANEXO I forma parte de la presente y vía correo electrónico (e-mail), de usuarios a incorporar en la Tarifa Social, a los fines de que sean incluidos en la próxima facturación, conforme a disposiciones en vigencia.-

ARTICULO 2º.- Remitir a EJE S.A., el listado impreso que como ANEXO II forma parte integrante de la presente y vía correo electrónico (e-mail), de usuarios a dar de BAJA en la TARIFA SOCIAL, a los fines de que sean excluidos en la próxima facturación, conforme disposiciones en vigencia.-

ARTICULO 3º.- Notificar a EJE S.A. Dar a conocimiento de las Gerencias del Usuario y de Servicios Energéticos. Cumplido archívese.-