R E S O L U C I O N Nº 35 SUSEPU
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 Feb. 2022
Cde. Expte Nº 0630-212/2021.-
VISTO:
Expediente del rubro caratulado: “ORELLANA LUIS GUILLERMO CONTRATO DE LOCACION DE OBRA DESDE 01-01-2021 HASTA 31-12-2021.”; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1/2, conforme Circular N° 2 de la Secretaría de la Gobernación, se solicita al Ministro del Área Renovación del Contrato de Obra del C.P.N. Luis Guillermo Orellana.
Que, a fojas 5, rola la constancia de autorización expedida por el Sr. Gobernados de la Provincia, C.P.N. Gerardo Morales y el Sr. Ministro de Infraestructura Servicios Públicos Tierra y Vivienda ING. Carlos Stanic para proceder a la contratación del citado profesional.
Que, a fojas 6/16 de autos se agregan antecedentes personales y curriculares del C.P.N. Luis Orellana, así como también las correspondientes Declaraciones Juradas de Incompatibilidad y Formulario para la Identificación de Datos debidamente suscriptos.
Que, a fojas 17, la Jefa del Depto. Administrativo del Organismo realiza la imputación presupuestaria preventiva de la contratación, informando que se afrontará la presente erogación con la Partida Principal de Bienes y Servicios No Personales-c/ Recursos Propios, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos – Ejercicio 2021.
Que, a fojas. 19/20 con fecha 15-09-2021, la Dirección Provincial de Personal informa, en cumplimiento y de conformidad a lo establecido en el Decreto-Acuerdo N° 1378-G-2012 que, registra situación de revista en DIRECCION DE EDUCACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION-ACTIVO- como Profesor Nivel Secundario: Interino y Titular.
Que, a fojas. 22, se agrega proyecto del Contrato de Obra a suscribir con el C.P.N. Luis Orellana y la SUSEPU.
Que, Asesoría Legal SUSEPU evalúa mediante Dictamen Nº 98/2021 y considera que, el procedimiento de contratación se efectuó dentro de lo normado por el art. 54 inc. 3° apartado “f” de la Ley de Contabilidad de la Provincia, por tratarse de una obra científica o técnica cuya ejecución debe confiarse a personas determinadas, y lo previsto por los arts. 21 y 23 del Reglamento de las Contrataciones del Estado. Asimismo, menciona la Ley Nº 4937 art. 14.
Que, a fs. 26 vlta., la Jefa del Depto. Administrativo del Organismo informa que el agente citado ha cumplido acabadamente con las tares que tiene asignadas en el Depto. Administrativo, durante el año 2021.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Por los fundamentos expuestos en considerando, tener por cumplidas las tareas desarrolladas por el C.P.N Luis Guillermo Orellana D.N.I. N° 23.053.963, durante el periodo comprendido entre el 01/01/2021 al 31712/2021, a los fines de su regularización administrativa.-
ARTICULO 2°.- La erogación se afectará a la partida presupuestaria que se detalla a continuación:
EJERCICIO 2021
JURISDICCION: G- ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
U.DE ORGANIZACIÓN 5- SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PUBLICOS
Y OTRAS CONCESIONES
FINALIDAD: 7- DESARROLLO DE LA ECONOMIA
FUNCION: 13- DESARROLLO DE LA ECONOMIA SIN DISCRI-
MINAR
1-1-2-0-0-0- BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES
1-1-2-5-0-0- BIENES Y SERVICIOS NO PERSONALES-CON R/ PROPIOS
1-1-2-5-2-0- SERVICIOS NO PERSONALES
1-1-2-5-2-2- SERVICION NO PERSONALES-CON R/PROPIOS
ARTICULO 3°-. Pasar a conocimiento del Dpto. Administrativo y Dpto. Legal. Notificar al interesado. Cumplido archívese.-