R E S O L U C I O N Nº 53 -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 7 Marzo 2016
Cde. Expte Nº 0630-0123/2013.-
VISTO:
Expediente del rubro caratulado: “ATENCION USUARIOS: BEATRIZ CAROLINA SERAPIO P/ALFREDO SERAPIO RECLAMA CONTRA ADLA S.A. POR EXCESO CONSUMO AGUA POTABLE- PDOS. 11 Y 12/2012- INTERVENCION SUSEPU- DESGLOSE FACTURAS.”; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 6 Agua de los Andes S.A. responde al traslado conferido informando que, al momento de la verificación efectuada en virtud del reclamo N° 1668, observó que la estrella central gira permanentemente por lo que notificó al usuario que debe revisar las cañerías internas. El 27-03-2013 el aforo del medidor dio como resultado APTO. Acompaña la documental respectiva.
Que, de acuerdo a la Constatación Técnica de fs. 10, el resultado del aforo del medidor de caudal realizado el 18-12-2013 fue “apto para control de consumo domiciliario”. Debido a que la estrella central gira permanentemente, se avisó a la Sra. Serapio que debe revisar las cañerías.
Que, la Gerencia de Agua compartiendo lo expresado por el Dpto. a su cargo, concluye a fs. 17 que Agua de los Andes S.A. refacture los periodos 11 y 12/2012 a un valor del escalón de consumo promedio del año 2012.
Que, la Gerencia del Usuario acompaña los informes precedentes y, agrega que la usuaria debe presentarse en la Empresa a regularizar los periodos que se encuentren impagos.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Hacer saber a la Sra. Beatriz Carolina SERAPIO p/ Alfredo SERAPIO, con domicilio en Acceso al Pucará – Barrio Pucará de la localidad de Tilcara, que su reclamo dio origen al Expediente N° 0630-123/2013 y, de acuerdo a los informes técnicos obrantes en autos, se resuelve de acuerdo a los siguientes articulados. Asimismo, si a la fecha las facturas reclamadas se encuentran impagas, deberá presentarse en las oficinas de la Prestataria más cercana a su domicilio a fin de regularizar la deuda correspondiente.-
ARTICULO 2º.- Agua de los Andes S.A. deberá refacturar los períodos 11 y 12/2012 de la Cuenta Nº 324-02-01450-000-3, a valor del escalón de consumo promedio del año 2012. En el plazo de cinco (5) días de notificada de la presente resolución, deberá remitir a esta Superintendencia la documentación que acredite lo dispuesto.-
ARTICULO 3º.- Notificar a Agua de los Andes S.A. y al usuario. Dar a conocimiento de las Gerencias de Agua y del Usuario. Cumplido archivar.-