R E S O L U C I O N    Nº     92        -SUSEPU.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 Abril 2016
Cde. Expte Nº 0630-0160/2014.-

VISTO:

             Expediente del rubro caratulado: “ATENCION USUARIOS: JULIO CHACON P/CASIMIRO CHACON RECLAMA CONTRA ADLA S.A. POR FALTA RESPUESTA A NUMEROSOS RECLAMOS POR PERDIDA AGUA POTABLE EN VEREDA- REEMBOLSO DE GASTOS.”; y

 CONSIDERANDO:

 Que, al traslado de Ley, Agua de los Andes S.A. (fs. 5/6) responde que:

En la inspección realizada al domicilio del Sr Julio Chacón comprobó que el gabinete estaba en mal estado (roto), también existe la falta de acoples, manguitos, etc. La llave maestra no está visible lo cual impide informar si existe o no.

No observó perdidas de agua ni evidencias que hagan deducir que se hizo arreglos recientemente en la vereda, tampoco tiene registrado reclamos y/o antecedentes tramitados al respecto.

El 30-04-2014 arregló la conexión y pérdida de agua. Por Nota le comunicó al usuario que debe reacondicionar el gabinete y reponer el medidor por ser el responsable de proteger las instalaciones, de acuerdo a la reglamentación vigente, como así también que la llave de paso ubicada tanto en la vereda como dentro del gabinete –previo al equipo de  relojería- son operadas exclusivamente por la Empresa. Sí corresponde que disponga de una llave de paso dentro de las instalaciones internas.

Se debe solicitar al Sr. Chacón que en un plazo no mayor a dos meses tiene que reponer el medidor sustraído, en caso contrario facturará con consumo presunto.

Que, la Gerencia de Agua (fs. 14/15), considerando que:

No surgen evidencias de pérdida de agua ni arreglos recientes en la vereda donde vive el usuario.

El gabinete está en mal estado (roto).

ADLA S.A. procedió a reacondicionar la conexión, según informe del Dpto. Agua. Los propietarios son responsables de proteger las instalaciones del Sistema de Agua Potable (gabinete y medidor).

Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la constatación técnica realizada por personal a su cargo (fs. 13), entiende que el usuario deberá reacondicionar el gabinete y facilitar el medidor a la Empresa para que esta proceda a su instalación.

Que, a fs. 15 vlta. la Gerencia del Usuario comparte el informe de su par.

Por ello,  en ejercicio de las facultades que le son propias;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Hacer saber al Sr. Julio CHACON, con domicilio en Juan Bautista Alberdi N° 817 B° 23 de Agosto – Palpala, Cuenta N° 328-23-04551-000-2, que su presentación dio inicio al Expediente Nº 0630-160/2014 y, de acuerdo a los informes técnicos obrantes en autos,  Agua de los Andes S.A. realizó trabajos en la conexión de agua existente. Asimismo, de acuerdo a disposiciones vigentes, los propietarios o poseedores de inmuebles están obligados a mantener en buen estado las instalaciones que hay en la propiedad, por lo que deberá reacondicionar el gabinete y facilitar a la Empresa un medidor nuevo en reposición del sustraído, para su instalación.-

ARTICULO 2º.- Notificar a Agua de los Andes S.A. y al usuario. Dar a conocimiento de las Gerencias de Agua y del Usuario. Cumplido archivar.-